INDUSTRIA

Conductores UBER pueden circular sin ser sancionados

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La Sala Constitucional dio curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por los diputados Otto Guevara y Natalia Díaz  contra la Ley de Servicios Especiales de Taxi (SEETAXI).

Esto indica que ningún Tribunal, ni la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) pueden emitir sentencias o resoluciones administrativas condenatorias contra cualquier ciudadano que preste un servicio privado de transporte.

Todo esto, hasta que la Sala Constitucional resuelva por el fondo esta acción.

La Sala estableció en su resolución que durante los 15 días siguientes de la fecha de la publicación del primer aviso, podrán apersonarse como coadyuvantes quienes tengan un interés legítimo.

“Esperemos que quienes brindan el servicio de transporte con la plataforma tecnológica de UBER, lo sigan haciendo sin acoso gubernamental. Invito a todas aquellas personas que quieran sumarse a esta acción de inconstitucionalidad a que lo hagan en los siguientes 15 días”, acotó el Jefe de Fracción del Movimiento Libertario, Otto Guevara Guth.

Dicha acción fue presentada por los legisladores libertarios meses atrás en contra de la Ley No. 8955 Ley de SEETAXI. Dicha ley expresamente estableció que el Estado es el titular exclusivo del transporte de personas y prohibió el porteo.

Por: elmundocr

Beatriz Nuñez

Periodista de profesión desde el año 2003. Ese mismo año se involucró en la cobertura de deportes de motor y la industria automotriz, campo en el que se desempeña hasta el día de hoy. Tres veces nombrada por FECOM como la periodista mas destacada en el campo de los motores.

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