Con la publicación del reglamento hoy en el diario oficial La Gaceta, ya se pueden llevar a cabo las exoneraciones a los vehículos eléctricos que contempla la Ley 9518.
Recordemos que esta ley fue actualizada y se aprobó una extensión de los incentivos durante 13 años de forma escalonada. Asimismo tuvo algunos cambios importantes, por ejemplo, se incluyeron las exoneraciones de los vehículos eléctricos usados con una antigüedad de hasta 5 años, y se eliminó el tope del valor del vehículo (exonerar sin importar el costo), para incentivar el transporte eléctrico para el sector productivo y transporte público.
El reglamento exonera a los vehículos eléctricos de los impuestos de valor agregado, selectivo de consumo, sobre la propiedad, e impuesto aduanero.
Así queda la aplicación de los impuestos: