INDUSTRIA

Autos nuevos y los impuestos en Costa Rica

Con mucha frecuencia, los costarricenses comparamos lo que cuesta un vehículo nuevo en Estados Unidos u otros países, con lo que cuesta aquí, y a menudo los comentarios van en el sentido de recriminar al concesionario por los altos precios.

Sin embargo, al analizar la carga impositiva para los autos nuevos en Costa Rica, esa comparación comienza a perder sentido.

En nuestro país, los autos de 0 a 6 años de antigüedad que ingresen deben pagar un 52,28% en impuestos, esto solo para nacionalizarlo. Ese porcentaje se desglosa en el 30% del Impuesto Selectivo de Consumo, el IVA (13%), el rubro del 1% para la ley 6946, timbre de educación y cultura, timbre a favor del Instituto de Desarrollo Agrario, a los Boy Scouts, timbre para el Archivo Nacional y la Asociación de Agentes de Aduanas, Procomer, timbre para los Contadores Privados de Costa Rica, utilidad presuntiva y timbres menores.

Luego se deben sumar otros cargos asociados como el Impuesto de la Propiedad, a la Transferencia (traspaso), los gastos de inscripción registral, el pago del seguro obligatorio en el derecho de circulación (marchamo), entre otros.

Al contrario de otros países como Panamá, que su principal fuente de ingresos es lo que genera el canal, en Costa Rica se estima que un 20% de los impuestos que recibe el Gobierno Central es producto de la importación de vehículos nuevos, es decir, es un ingreso muy alto y no es tan viable reducir los impuestos.

En Panamá, por ejemplo, no existe el impuesto de introducción, pero si un impuesto a los vehículos que es de un 20% del costo FOB (costo entrega del producto en el barco). A eso hay que sumar el 7% de Impuesto al Valor de Venta (ITBM), y un derecho de circulación de aproximadamente $29 anuales para vehículos particulares, sin importar la marca ni el año.

Otro ejemplo. Para nacionalizar un auto en Guatemala, los aranceles de importación varían dependiendo del tipo de vehículo (si es de trabajo, 4×4, 7 o más plazas), pero para los sedanes se establece en un 15%, a esto se le debe sumar un 12% del IVA sobre el valor facturado. El impuesto para la circulación se establece según el cálculo de la Superintendencia de Administración Tributaria pero por lo general es un monto anual bajo.

Exoneraciones para vehículos eléctricos

En lo que si Costa Rica tiene ventaja con respecto a otros países de la región, es en la exoneración de impuestos que se logró con la aprobación en febrero del 2018 de la Ley 9518: Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico.

En ese sentido, los vehículos cuyo precio sea menor a los $30 mil dólares tienen una exoneración del 100% en el IVA, el Impuesto Selectivo de Consumo y el Impuesto sobre Valor Aduanero; los vehículos de $30.001 mil a $45 mil dólares se les exonerará en un 100% el impuesto aduanero, en un 50% en el IVA y en un 75% el de consumo.

Y para aquellos autos entre $45.001 y $60 mil la exoneración es del 50% en selectivo de consumo y 100% en aduanas, en el IVA no hay exoneración. Finalmente aquellos carros con un valor superior a los $60 mil no cuentan con beneficios tributarios.

Beatriz Nuñez

Periodista de profesión desde el año 2003. Ese mismo año se involucró en la cobertura de deportes de motor y la industria automotriz, campo en el que se desempeña hasta el día de hoy. Tres veces nombrada por FECOM como la periodista mas destacada en el campo de los motores.

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